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La Importancia del SIEM PDF Imprimir E-Mail
El Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) viene a ocupar  un hueco en materia de estadística empresarial, pues antes no se contaba con un instrumento que ofreciera información exacta de cuántas son y dónde están las empresas comerciales e industriales establecidas en el país.

Gracias al SIEM, es posible saber quien está produciendo, vendiendo u ofreciendo determinados artículos o servicios en el territorio nacional, pues a través de Internet, cualquier empresario puede consultar dicha información y con ello, planear y tomar buenas decisiones para su negocio. Los principales beneficios del SIEM pueden agruparse en tres grandes rubros:

a)    Padrón empresarial
b)    Consulta de oferta y demanda
c)    Sistemas de promoción
 
Ventajas
•    Propicia un mayor intercambio de los bienes y servicios para las empresas.
•    Da acceso a las empresas para la localización de posibles clientes.
•    Proporciona la facilidad de encontrar mejores ofertas de proveedores a nivel local, regional o nacional.
•    Permite tener un padrón confiable de empresas y/o negocios tanto a nivel local como nacional.
•    Facilita la labor de representación y defensa de los intereses del sector.
•    Permite que los programas del Estado vayan de acuerdo con la realidad de las empresas.
Fundamento legal
La Secretaría de Economía desarrolló el SIEM para integrar en un sólo instrumento la información de las empresas que participan en la actividad económica de México, con una perspectiva de promoción continua.

La Secretaría de Economía facultó a las cámaras para la captación de la información correspondiente en el ámbito de su circunscripción, actividad, giro y región (Artículo 1º de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones).

El Artículo 27 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones del 1º de enero de 1997, establece al SIEM como instrumento de planeación, información, orientación y consulta para la Secretaría de Economía.
 
El registro es obligatorio porque...
Tiene su fundamento jurídico en la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, en el Capítulo IV, donde se informa la obligatoriedad que tienen los establecimientos industriales, comerciales y prestadores de servicios de registrarse al SIEM (Artículos 27-31 y 39-41).
 
Quién debe registrarse al SIEM
Las Personas Físicas y Morales que realizan actividades comerciales, industriales o de servicios en uno o varios establecimientos, entrando en vigor el 1º de enero de 1997. (Diario Oficial de la Federación, Capítulo 1, Artículo 6).
Cuota

Para determinar su cuota de registro al SIEM, considere el personal ocupado:
a)    4 o más empleados        $ 640.00
b)    3 o menos empleados    $ 300.00
c)    Hasta 2 empleados         $ 100.00


Usted puede incorporar su empresa al SIEM en forma ágil y dinámica acudiendo a Paseo de la Reforma no. 42 Col. Centro o bien, llame al 3685 2269

Visita el sitio web del SIEM: www.siem.gob.mx

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